En el ámbito legal el Proyecto Socio
Integrador de filosofía de gestión es necesario adaptarlo a leyes que se ajusten
a la problemática encontrada con deberes y derechos que permitirá dar cumplimiento con las
legislaciones legales, entre ellas se destacan: LOPCYMAT, Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en las
cuales establece que los trabajadores de Mercal pueden contar con las mejores
condiciones además de conocer y estar identificados con la filosofía de
gestión, es por ello que concuerda adecuadamente con el presente proyecto socio
integrador realizado por los investigadores. En cuanto a La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), como
instrumento legal, enfatiza en el artículo 305:
“El Estado
promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural
integral y en consecuencia garantizará la seguridad alimentaria de la
población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos
en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del
público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y
privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la
proveniente de las actividades agrícolas, pecuaria, pesquera y acuícola. La
producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo
económico y social de la Nación.
A tales fines,
el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencias
tecnológicas, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de
obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento.
Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e
internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola.
El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley.
El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley.
Los empleadores y empleadoras tienen derecho a (artículo 55 de la
LOPCYMAT):
1.
Exigir de sus trabajadores y trabajadoras el
cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, ergonomía, de las políticas
de prevención y participar en los programas para la recreación, utilización del
tiempo libre, descanso y turismo social que mejoren su calidad de vida, salud y
productividad.
2.
Participar activamente en los Comité de Seguridad y
Salud Laboral.
3.
Participar en la discusión y adopción de las
políticas nacionales, regionales, locales, por rama de actividad, empresa y
establecimiento en el área de seguridad y salud en el trabajo.
4.
Solicitar y recibir asesoría del Comité de
Seguridad y Salud Laboral de su centro de trabajo, del Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales y demás órganos competentes
5.
Participar de manera individual o colectiva en las
actividades tendentes a mejorar la calidad de la prestación de los servicios
del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6.
Recibir información y capacitación en materia de
salud, higiene, seguridad, bienestar en el trabajo, recreación, utilización del
tiempo libre, descanso y turismo social, por parte de los organismos
competentes.
Como puede observarse, por ser una organización de alimento tiene que
ser garante de que se cumpla lo establecido en la constitución y garantizar la
soberanía alimentaria y darle seguimiento a leyes que tenga que ver con el
talento humano.
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